DERECHOS Y OBLIGACIONES
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA COLABORADORA
Derechos de la empresa colaboradora.
A que se respete la confidencialidad de sus datos tratados en el transcurso de las prácticas.
A que el desarrollo de las prácticas no interfiera con el normal desenvolvimiento de las tareas propias de la entidad colaboradora.
A la extinción de la realización de las prácticas cuando exista causa justificada y detallada en el procedimiento de funcionamiento interno, previa comunicación al/la tutor/a de prácticas y por medio de la solicitud de rescisión de las prácticas por decisión de la empresa.
Obligaciones de la entidad colaboradora.
Formalizar un convenio de colaboración con la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla.
Cumplir las condiciones contenidas en el convenio de colaboración.
Nombrar un/a tutor/a de empresa que se encargue de garantizar el proceso formativo/práctico del/a alumno/a en la empresa, así como de comunicar cualquier incidencia sobre las prácticas al/a tutor/a de prácticas de la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla.
Hacer un seguimiento de las prácticas a través del/la tutor/a asignado/a en la empresa.
A informar a la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla sobre el desempeño de la actividad desarrollada por el/la alumno/a en prácticas y del resultado final de la misma a través del anexo de evaluación del/la tutor/a de la empresa al alumno/a
Garantizar la formación complementaria que precise el/la alumno/a para realizar las prácticas, entre otras, las condiciones de seguridad e higiene y sobre las medidas de prevención a adoptar en las instalaciones donde se van a desarrollar las prácticas.
Facilitar a el/la tutor/a de prácticas de la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla, el acceso a la empresa para el cumplimiento de los fines propios de su función.
Proporcionar a el/la alumno/a los medios materiales indispensables para el desarrollo de las prácticas.
Expedir el certificado de prácticas donde se recoge las tareas ejecutadas por el/la alumno/a acogido/a en la empresa y su período de realización.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ESCUELA DE NEGOCIOS CÁMARA DE COMERCIO DE SEVILLA.
Derechos de la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla con los/as alumnos/as en prácticas.
La Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla se reserva el derecho a rescindir el convenio con las empresas colaboradoras si considera que las mismas lo incumplen sistemáticamente y siempre después de haber arbitrado mecanismos previos para evitarlo.
Obligaciones de la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla con los/as alumnos/as en prácticas.
Comunicar a el/la alumno/a que ha sido seleccionado/a para la concesión de la práctica.
Tramitar el seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
Expedir el Título con mención especial de las buenas prácticas ejercidas y donde se hará referencia al resultado óptimo alcanzado en su desenvolvimiento para los/as alumnos/as que hayan entregado debidamente un informe final en el tiempo estipulado y hayan realizado satisfactoriamente las prácticas en las empresas colaboradoras.
Facilitar la documentación necesaria para la gestión de las prácticas, tanto a el/la alumno/a como a la empresa colaboradora.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EL /LA ALUMNO/A EN PRÁCTICAS
Derechos de los/las alumnos/as en prácticas.
A la monitorización, durante el período de la correspondiente práctica, por un/a tutor/a de prácticas de la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla y por un/a tutor/a en la empresa de acogida de las prácticas.
A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla para cada caso.
A la obtención de un certificado por parte de la empresa colaboradora donde se indique que se han realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada y su duración
A disponer en la empresa de acogida de los recursos necesarios materiales y humanos para el desempeño de las prácticas.
Aquellos otros derechos previstos y derivados del correspondiente convenio de colaboración suscrito por la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla y la empresa colaboradora.
Obligaciones de los/las alumnos/as en prácticas.
Asistir a las empresas colaboradoras para ser entrevistados/as no pudiendo rechazar la inclusión de su candidatura en ningún proceso de selección que el/la tutor/a de prácticas haya considerado oportuno previo estudio de su currículum.
Conocer y cumplir con las tareas ó funciones expresadas en el convenio y siguiendo las indicaciones de el/la tutor/a asignado/a por la empresa colaboradora y bajo la supervisión de de el/la tutor/a de prácticas de la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla.
Mantener contacto con el/la tutor/a de prácticas de la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla durante el desarrollo de las prácticas y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo.
Respetar y valorar las normas de funcionamiento de la empresa de acogida de prácticas, así como su imagen personal y corporativa adaptándose a la misma.
Incorporarse a la empresa colaboradora en la fecha acordada, cumplir el horario previsto y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
Entregar la documentación necesaria para la evaluación y/o acreditación y certificación de las prácticas realizadas a su tutor/a de empresa
Desarrollar un Informe final de las prácticas según las indicaciones especificadas en la guía de elaboración de memoria e incluida en el procedimiento de funcionamiento interno y que deberá entregar a el/la tutor/a de prácticas en los plazos fijados.
Cumplir con diligencia las actividades acordadas con la empresa colaboradora.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL/LA TUTOR/A DE LA EMPRESA COLABORADORA
Derechos del/la tutor/a de la empresa colaboradora.
A ser informado acerca del procedimiento que regula las prácticas en la empresa así como del proceso formativo/práctico y de las condiciones para su desarrollo.
Obligaciones del/la tutor/a de la empresa colaboradora.
Acoger a el/la alumno/a y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el Programa formativo que está cursando el/la alumno/a.
Supervisar las actividades, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas.
Coordinar con el/la tutor/a de prácticas de La Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla el desarrollo de las prácticas así como la comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de las mismas.
Proporcionar al/la alumno/a los medios materiales indispensables para el desarrollo de las prácticas.
Prestar ayuda y asistencia a el/la alumno/a, durante su estancia en la empresa, para la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el desempeño de las actividades que realizan en la misma.
Atender a el/la tutor/a de las prácticas de la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla durante las visitas y contribuir a la elaboración de las evaluaciones periódicas.
Solicitar el certificado de prácticas al término de las mismas.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EL/LA TUTOR/A DE LA ESCUELA DE NEGOCIOS DE CÁMARA DE COMERCIO DE SEVILLA.
Obligaciones de el/la tutor/a de prácticas de la Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla.
Velar por el normal desarrollo de las prácticas en la empresa de acogida, garantizando la compatibilidad del horario de realización de las prácticas con la formación de los distintos programas formativos.
Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el/la tutor/a de la empresa y cumplimentar los informes de seguimiento ó evaluaciones.
Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como consecuencia de su actividad como tutor/a.
Proponer la rescisión de las prácticas previa presentación de la petición de el/la alumno/a por escrito de una justificación razonada al responsable de la empresa colaboradora.
Derechos de el/la tutor/a de prácticas de La Escuela de Negocios de Cámara de Comercio de Sevilla
Tener acceso a la empresa colaboradora para el cumplimiento de los fines propios de su función.